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Asesoramiento por video llamada. Clausula farragosa en contrato de alquiler de vivienda. Duración.




Bienvenidos a nuestro blog: Aclaramos cláusulas complejas de contratos de alquilerOrlando Torrecilla - fincastorrecilla.com

Bienvenidos y bienvenidas a este espacio donde aclaramos dudas legales relacionadas con los contratos de alquiler. Soy Orlando Torrecilla, de fincastorrecilla.com, y hoy vamos a analizar una cláusula de un contrato de alquiler de vivienda habitual que nos ha enviado uno de nuestros clientes. Queremos poner luz a esta cláusula, que está redactada de manera farragosa, lo que puede dar lugar a malentendidos, e incluso interpretaciones maliciosas.

Cláusula complicada: Duración del contrato

La cláusula que vamos a revisar establece lo siguiente:

"Duración del contrato: El plazo de duración mínimo del mismo será de 12 meses, a contar desde el día 1 de febrero de 2021, finalizando por tanto el día 31 de enero de 2022. No obstante lo anterior, se otorga la facultad a la arrendataria (el inquilino) de prorrogar por períodos iguales al establecido, es decir, 12 meses, hasta un límite de cuatro prórrogas. Y se otorga la facultad... Se entiende que se otorga por parte del propietario. Queda tácitamente prorrogado si llegado el día último de cada una de las prórrogas el arrendatario no anuncia al arrendador con una antelación mínima de 15 días su intención de no prorrogar por más tiempo."

Como podemos ver, la cláusula establece una duración inicial de 12 meses, con la posibilidad de prórrogas automáticas, pero con una condición importante: el inquilino debe notificar al propietario con al menos 15 días de antelación si no desea continuar con el contrato. Es decir, si el inquilino no comunica su intención de no prorrogar, el contrato se renovará automáticamente.

A primera vista, todo parece claro, pero el problema está en la redacción. El uso de términos como "se otorga la facultad", "quedando tácitamente prorrogado", y la falta de precisión en ciertos puntos puede generar confusión, especialmente si el propietario intenta manipular la cláusula en su beneficio, adelantando el vencimiento del contrato o exigiendo condiciones que no están claramente reflejadas.

Posibles malentendidos y riesgos legales

Este tipo de cláusulas mal redactadas pueden llevar a malentendidos, o incluso a actuaciones por parte del propietario que no sean legales. Por ejemplo, si el arrendatario no se percata de que su falta de notificación se interpreta como aceptación de la prórroga automática, podría verse obligado a seguir pagando el alquiler por más tiempo del esperado. O si el propietario intenta aplicar una prórroga más allá de lo permitido, podría incurrir en prácticas abusivas.

Es importante que cualquier persona que firme un contrato de alquiler entienda perfectamente las cláusulas que está aceptando. En situaciones como esta, donde la redacción es confusa o ambigua, lo más recomendable es buscar asesoramiento legal para evitar futuros problemas.

Nuestro servicio de videollamada

En fincastorrecilla.com ofrecemos un servicio básico de videollamada, ideal para casos como el que nos ocupa. En una sesión de 15 minutos, podemos revisar cualquier cláusula que no esté clara, ya sea de un contrato de alquiler, compra-venta, o cualquier otro acuerdo legal. Nuestro objetivo es poner luz sobre cualquier oscuridad que pueda haber en la interpretación de documentos legales.

Si te encuentras con cláusulas como esta, que te generan dudas o no entiendes bien, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte.

¿Cómo puedes contactarnos?

Para obtener más información o para contratar nuestra videollamada, puedes escribirnos al WhatsApp al número 693 239 262. Estaremos encantados de ayudarte a interpretar cualquier documento de manera rápida y sencilla.

Recuerda que, a veces, lo que parece una cláusula simple puede esconder posibles complicaciones. No dejes que una redacción confusa te juegue en contra. Con nuestra ayuda, podrás tomar decisiones informadas y evitar problemas legales innecesarios.

Nos despedimos hasta el próximo vídeo. Si Dios quiere, seguiré compartiendo consejos y aclaraciones sobre contratos y otros temas legales relacionados con la vivienda.

Un saludo afectuoso,Orlando Torrecillafincastorrecilla.com

 

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