Contrato de alquiler de habitación en el que no está claro el consentimiento. Comprobar poder.
- Orlando Torrecilla
- hace 11 minutos
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Cuidado con los contratos de alquiler de habitación: un caso real
Hola amigos, soy Orlando Torrecilla, de fincastorrecilla.com.
Hoy quiero compartir con ustedes un caso real que estamos revisando en la oficina. Se trata de un contrato de alquiler de habitación, que como muchos ya saben, no está regulado expresamente por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Es lo que se llama un contrato atípico.
Tipos de contratos de alquiler
Antes de entrar en el caso concreto, recordemos brevemente los tipos de contratos que sí recoge la ley:
Contrato de alquiler de vivienda habitual
Contrato de alquiler distinto de vivienda (por ejemplo, de temporada o para uso de local)
Contrato de alquiler turístico
Y aparte de todos estos, tenemos el de alquiler de habitación, que es otra categoría y que requiere especial atención porque no tiene un marco legal tan claro como los anteriores.
¿Quién firma como arrendador?
Volviendo al caso, nos encontramos con que el contrato está firmado por una persona que no es propietaria de la vivienda. Y lo primero que nos preguntamos fue:
¿Con qué representación actúa esta persona?
Porque claro, si va a firmar un contrato en nombre de otros, tiene que quedar claro qué poder tiene: ¿es un apoderado?, ¿tiene una autorización expresa de los propietarios?, ¿o simplemente actúa sin respaldo legal?
En este caso concreto, el inmueble es propiedad de varios hermanos, pero quien firma el contrato no es ninguno de ellos, ni se menciona si tiene poder de representación. Esto es un problema serio, porque puede poner en duda la validez del contrato.
¿Por qué es tan importante?
Porque en todo contrato debe quedar claro quiénes intervienen y con qué capacidad lo hacen. Si alguien firma por otro, tiene que dejar constancia del poder notarial o autorización que lo respalda. Si no, el inquilino puede encontrarse con que el contrato no tiene validez legal, o que los propietarios no han consentido ese alquiler.
Y ya saben lo que decimos en el sector:
Estas cosas las carga el diablo.
¿Qué recomendamos?
Revisar cuidadosamente la parte inicial del contrato ("reunidos", "intervienen", "exponen") y confirmar que quien firma tiene la legitimidad necesaria para hacerlo. Si hay varios propietarios, todos deben firmar o autorizar de forma clara.
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Un saludo a todos,¡y hasta próximos vídeos si Dios quiere!
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