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¡Atención con las casas en los pueblos y el empadronamiento!

  • Foto del escritor: Orlando Torrecilla
    Orlando Torrecilla
  • 17 sept
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 30 sept



¡Atención con las casas en los pueblos y el empadronamiento!


Hola, amigos y amigas.

Hoy quiero llamar su atención sobre un tema muy delicado: las casas en los pueblos y las ocupaciones.

Hace unos días hablé con un cliente –un cliente y amigo– que me contó algo sorprendente: hace unos años fue a empadronarse en la casa que tiene en su pueblo y, para su sorpresa, nadie le pidió ningún título de propiedad ni documento que acreditara que esa casa era suya. Simplemente fue al Ayuntamiento, dio sus datos y quedó empadronado.

Ni conocía al secretario, ni conocía al funcionario que le atendió, ni ellos le conocían a él. Es decir, no era un caso de confianza o de trato personal por ser un pueblo pequeño: no le pidieron nada.


¿Por qué esto es importante?


Porque si usted tiene una casa en un pueblo, sería muy recomendable que se acerque a su Ayuntamiento y consulte cuál es su protocolo de empadronamiento:

  • ¿Piden el título de propiedad?

  • ¿Piden una autorización del propietario?

  • ¿O simplemente basta con presentarse y dar los datos?

Esto es crucial, porque si no hay control, cualquiera podría empadronarse en su vivienda.


El problema legal: ocupación y protección constitucional


Si una persona logra empadronarse y declara esa vivienda como su morada habitual, queda protegida por la Constitución.¿Consecuencia? Usted no podrá echarle fácilmente.

La ley es ambigua, y en muchos casos el propietario solo puede recuperar su casa mediante un procedimiento de desahucio por precario, largo y costoso.

Además, desde 2020, la situación se complica todavía más:

  • Si la persona se declara vulnerable, el juez debe dar intervención a Servicios Sociales.

  • Hasta que no haya una alternativa habitacional, esa persona podría permanecer en su vivienda.

En resumen: usted puede quedarse sin el uso de su propia casa de pueblo, aunque sea suya y esté escriturada.


¿Qué hacer?


  1. Compruebe el protocolo de empadronamiento de su Ayuntamiento.

  2. Mantenga un control sobre su vivienda en el pueblo.

  3. Si tiene dudas, asesórese antes de que sea tarde.


Y si quiere hablar de estos asuntos con nosotros, como ya lo hizo nuestro amigo, puede hacerlo fácilmente por videollamada de WhatsApp, en el teléfono 693 023 926, y por muy poquito estaremos encantados de escucharle y analizar juntos qué se puede hacer.


Muchas gracias por su atención.

Nos vemos en próximos vídeos y publicaciones, si Dios quiere.

 
 
 

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