ASESORAMIENTO INMOBILIARIO ALQUILER: dudas antes de firmar un contrato en el desistimiento. Posibles cláusulas abusivas.
Buenos días! He visto su vídeo en youtube donde explica la cláusula de desistimiento y los abusos que se cometen con ella. Voy a firmar un contrato los próximos días y tengo una duda.
Mi contrato es de un año prorrogable a 7. Con esa cláusula de desistimiento si yo me tuviera que ir a los dos o tres años, tendría que indemnizar al propietario aunque le avisara con dos meses de antelación?
Le adjunto el texto:
SEGUNDA.- DURACION DEL CONTRATO.
El plazo de duración de este contrato es de UN AÑO, a contar desde el 27 de Mayo del 2024 hasta
El 26 de Abril del 2025. Llegado el vencimiento del contrato, éste se prorrogará tácitamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de SIETE años, salvo que la arrendataria manifieste a la arrendadora, con SESENTA días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas su voluntad de no renovarlo.
El periodo de los DOCE PRIMEROS MESES se tiene que cumplir integro, ya que, si este periodo no se cumpliese, los inquilinos tendrían que abonar al propietario los meses que le quedasen restantes hasta cumplir LOS DOCE PRIMEROS MESES.
Ahora bien, ambas partes conociendo la ley pactan que en caso de desistimiento del contrato por parte de la arrendataria antes de que se hubiera cumplido un año después de los primeros seis meses, LA ARRENDATARIA DEBERÁ ABONAR A LA ARRENDADORA EL IMPORTE DE LOS MESES RESTANTES HASTA CUMPLIR LOS DOCE MESES.
Las partes pactan que, para el caso de desistimiento, el arrendatario deberá indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo SIETE años de aquel, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra al menos con sesenta días en caso del arrendatario y cuatro meses en caso del arrendador de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más.
He pedido a la inmobiliaria que quite la cláusula de desistimiento y se niega porque dice que la ley actual dice que hay que ponerla.
Saludos y gracias!
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