Notificaciones en el contrato alquiler entre inquilino y propietario. Burofax, email, whatsapp.
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LAU.4.6. Las partes podrán señalar una dirección electrónica a los efectos de realizar las notificaciones previstas en esta ley, siempre que se garantice la autenticidad de la comunicación y de su contenido y quede constancia fehaciente de la remisión y recepción íntegras y del momento en que se hicieron.