Inmatriculación de una finca. Elevar contrato a público. Expediente de dominio. Doble escritura.
¿Qué hacer si tu abuela vendió una finca sin registrarla?
Hola, me llamo Orlando Torrecilla, de fincastorrecilla.com. Hoy quiero hablar sobre una situación que nos ha planteado un cliente: ¿Qué sucede cuando un familiar, en este caso una abuela, firma un contrato de venta de una finca a un vecino, pero esta finca nunca se ha registrado en el registro de la propiedad?
El contexto
Imaginemos que tu abuela falleció y dejó un contrato privado donde vendió una huerta a un vecino del pueblo. Este contrato está en manos del vecino, pero no hay escritura pública ni registro de la propiedad. La finca está en uso por el vecino, pero ¿qué pasos deben seguir ahora los herederos?
Elevar a público el contrato
La primera acción que deben tomar los herederos es elevar a público ese contrato privado. Aunque el vecino tiene una copia, el contrato debe ser formalizado ante notario para que tenga validez legal y se pueda iniciar el proceso de registro de la propiedad. Esto es crucial para asegurar que el actual propietario pueda proteger sus derechos sobre la finca.
El proceso de inmatriculación
Cuando una finca nunca ha estado registrada, se habla de inmatriculación. Es decir, que no se ha llevado un control oficial sobre su propiedad en el registro. El notario, al elevar el contrato, informará a los comparecientes sobre la legislación vigente en materia de inmatriculación. Esto incluye la necesidad de aportar una certificación catastral gráfica y descriptiva de la finca, que debe coincidir con la descripción contenida en el contrato.
Es importante mencionar que si hubo un título público de adquisición previa (como una escritura anterior) o si existe un expediente de dominio, este debe ser presentado. Un expediente de dominio es un procedimiento judicial que establece la propiedad de la finca de manera pública.
La importancia del registro
Registrar la propiedad tiene ventajas . Si una finca no está registrada, no se puede ver públicamente en el registro y tampoco está bajo la protección legal que ofrece dicho registro. Esto significa que, aunque la finca no aparezca, puede ser más complicado para el propietario demostrar su derecho sobre ella.
Una vez que el contrato se eleva a público y se cumplen los requisitos, el vecino puede registrar la huerta a su nombre, asegurando así su propiedad de forma oficial. Esto facilitará futuras transacciones, como ventas o hipotecas, ya que el banco podrá verificar que la finca está debidamente registrada.
Conclusión
Si te encuentras en una situación similar, es fundamental seguir el proceso de elevación a público del contrato y realizar la inmatriculación de la finca. Si tienes dudas, no dudes en contactarnos por WhatsApp al 693 023 926, estamos disponibles las 24 horas para ayudarte con nuestra experiencia y honestidad.
Un saludo y hasta la próxima, ¡gracias por leernos!
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